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  •  16/12/2022  •   Concesión

El director de la Autoridad Portuaria de Baleares ignora un informe favorable al Real Club Náutico de Palma

Los servicios jurídicos de Puertos del Estado han emitido un dictamen que reconoce el derecho del RCNP a tramitar la ampliación de su plazo concesión / Jorge Nasarre hace oídos sordos a esta tesis y anuncia que informará contra el reconocimiento del club como una concesión demanial

PALMA, 16 DE DICIEMBRE DE 2022.- El director de la Autoridad Portuaria de Baleares (APB), Jorge Nasarre, ha ignorado un informe jurídico de Puertos del Estado favorable al Real Club Náutico de Palma (RCNP) y ha decidido iniciar por su cuenta los trámites para desestimar la ampliación del plazo de la concesión de las instalaciones que esta entidad viene gestionando desde 1948.

Tras siete años de incoación del expediente y a falta de solo dos semanas para que expire la concesión del RCNP (31 de diciembre de 2022), Nasarre ha comunicado por escrito su voluntad de informar en contra de la permanencia del club, a pesar de que él mismo admite, sin ningún pudor, que los servicios jurídicos de Puertos del Estado consideran “procedente la continuación de los expedientes de ampliación de plazo y prórroga del título concesional que solicita el Real Club Náutico de Palma”.

La decisión final corresponderá, en cualquier caso, al Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria.

El dictamen al que Nasarre hace oídos sordos lleva fecha de 11 de noviembre y es el último que se ha incorporado al expediente. En él se reconoce expresamente el derecho del RCNP a obtener una concesión retroactiva desde 2003 hasta el 31 de diciembre de 2022 y, en virtud de este título, a que se tramite el expediente de ampliación de su concesión sin la necesidad de convocar un concurso público, tal y como han hecho todos los puertos bajo competencia autonómica y otras importantes concesiones de puertos dependientes del Estado.

El Real Club Náutico de Palma desea remarcar en este punto que no está reclamando ningún privilegio, sino el ejercicio de un derecho reconocido en la vigente Ley de Puertos del Estado que ha permitido la renovación de centenares de concesiones en todo el país y en la propia Autoridad Portuaria de Baleares.

La tesis de Puertos del Estado, que el director de Ports de Balears pretende convertir incomprensiblemente en papel mojado, tiene en cuenta el anterior pronunciamiento del Consejo de Estado y resuelve que la Autoridad Portuaria de Baleares debió modificar el título del RCNP y transformarlo en una concesión demanial en 2003, toda vez que en esa fecha dejaron de tener validez jurídica los contratos de servicios en los puertos públicos.

Para Puertos del Estado, no cabe duda de que la APB debe corregir dicha anomalía, de la que es única responsable según el Consejo de Estado, algo a lo que no parece dispuesto su actual director, quien en su escrito dirigido al club afirma defender los “intereses legítimos de terceros” ante la posibilidad de convocatoria de un concurso público; dichos intereses no se habrían tenido en cuenta, según se desprende de este peculiar criterio, en las ampliaciones que sí han contado con el beneplácito del señor Nasarre.

El caso más reciente de ampliación de espacio y plazo sin previo concurso es el del macro varadero gestionado por la empresa Serveis Tècnics Portuaris (STP) en el Moll Vell de Palma, cuya primera concesión data de 2006. El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria autorizó ampliar su superficie en 56.200 metros cuadrados y su plazo en dos años y medio con el visto bueno de Jorge Nasarre.

El director de la APB en 2003, año en que, de acuerdo con el informe de Puertos del Estado, debió subsanarse la naturaleza del contrato de gestión del Real Club Náutico de Palma, era Ángel Matías, quien posteriormente fue procesado y condenado en el marco del llamado caso Mar Blau.

FUTURO INMEDIATO DEL RCNP

La continuidad del Real Club Náutico de Palma en sus instalaciones está garantizada durante los próximos tres años mediante una Autorización de Ocupación Temporal (AOT), cuya aceptación deberá ser ratificada en una asamblea extraordinaria por los socios de la entidad el próximo 29 de diciembre.

El pasado miércoles fueron aprobados los presupuestos del RCNP de 2023 a partir de un primer borrador de las cláusulas de la citada AOT.

CONTENCIOSO

El Real Club Náutico de Palma interpuso el pasado 11 de noviembre un recurso contencioso administrativo ante la desestimación presunta, por parte de la APB, de la solicitud para una ampliación de su plazo de concesión por un periodo de 20 años.

Los servicios jurídicos del RCNP sostienen que los reiterados actos propios de la Autoridad Portuaria de Baleares demuestran que el club se ha regido durante las últimas décadas como una concesión demanial, y no un contrato de servicios, lo que le da pleno derecho a ampliar su concesión.

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares, en una sentencia de febrero de 2022, ha resuelto en un caso prácticamente idéntico que el contrato de servicios que una empresa portuaria tenía suscrito con la APB se transformó necesariamente en una concesión demanial cuando aquellos perdieron su vigencia con la modificación de la Ley de Puertos de 2003.

MEDIDAS CAUTELARES

El recurso contencioso administrativo interpuesto por el RCNP contra la Autoridad Portuaria de Baleares va acompañado de una petición de medidas cautelares para que el organismo portuario se abstenga de convocar un concurso público, así como que la Autorización de Ocupación Temporal siga vigente, en tanto no exista una sentencia judicial firme sobre el caso.

El Real Club Náutico de Palma está absolutamente convencido de que tanto la Ley como los actos de la administración reconocen su derecho a la ampliación y prórroga de su concesión, y lamenta profundamente la obstinación de determinados cargos de la Autoridad Portuaria de Baleares en impedir que lo ejerza.